NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-127-SSA1-1994, "SALUD AMBIENTAL, AGUA PARA USO Y CONSUMO HUMANO-LIMITES PERMISIBLES DE CALIDAD Y TRATAMIENTOS A QUE DEBE SOMETERSE EL AGUA PARA SU POTABILIZACIÓN".
Introducción
El abastecimiento de agua para uso y consumo humano con calidad adecuada es fundamental para prevenir y evitar la transmisión de enfermedades gastrointestinales y otras.
Objetivo y campo de aplicación
Establece los límites permisibles de calidad y los tratamientos de potabilización del agua para uso y consumo humano,
Límites permisibles de calidad del agua
Límites permisibles de características bacteriológicas
El contenido de organismos resultante del examen de una muestra simple de agua, debe ajustarse a lo establecido en la Tabla 1.
Límites permisibles de características físicas y organolépticas
Las características físicas y organolépticas deberán ajustarse a lo establecido en la Tabla 2.
Límites permisibles de características químicas
El contenido de constituyentes químicos deberá ajustarse a lo establecido en la Tabla 3. Los límites se expresan en mg/l, excepto cuando se indique otra unidad.
Los límites permisibles de metales se refieren a su concentración total en el agua, la cual incluye los suspendidos y los disueltos
Límites permisibles de características radiactivas
Establece los límites permisibles de calidad y los tratamientos de potabilización del agua para uso y consumo humano,
Tratamientos para la potabilización del agua
La potabilización del agua proveniente de una fuente en particular, debe fundamentarse en estudios de calidad y pruebas de tratabilidad a nivel de laboratorio para asegurar su efectividad.
a continuación, excedan los límites permisibles establecidos en el apartado 4.





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